martes, 30 de octubre de 2012

REAL DECRETO 676/1993

29- 10- 2012


La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, atribuye como
finalidad a la formación profesional, en el ámbito del
sistema educativo, la preparación de los alumnos para
la actividad en un campo profesional y su capacitación
para el desempeño cualificado de las distintas profesiones, proporcionándoles una formación polivalente que
les permita adaptarse a las modificaciones laborales que
puedan producirse a lo largo de su vida. Este objetivo
constituye un eje obligado de la reforma de la formación
profesional, tras la caracterización que el propio preámbulo de la Ley realiza sobre la formación profesional
vigente, considerada como vía demasiado académica y
excesivamente alejada y desvinculada del mundo productivo.
Por otro lado, el capítulo IV del Título 1 de la Ley
de Ordenación General del Sistema Educativo define la
configuración de la nueva ordenación académica de la
formación profesional, de la que cabe destacar el establecimiento de la formación profesional específica de
grado medio, que se cursa tras la obtención del título
de Graduado en Educación Secundaria, y de la de grado
superior, que se cursa tras la obtención del título de
Bachiller, cuya superación da derecho a los títulos de
Técnico y Técnico Superior respectivamente.
Ambos objetivos, la necesidad de aproximarla formación profesional a las necesidades reales de cualificación del mundo productivo y el desarrollo de su nueva
ordenación académica, pl¡¡ntean como tarea inexcusable
la reforma de las enseñanzas y de los títulos profesionales. En consonancia con ello, el artículo 35 de la Ley
de Ordenación General del Sistema Educativo remite al
Gobierno el establecimiento, previa consulta a las Comunidades Autónomas, de los títulos correspondientes a
los estudios de formación profesional y de las enseñanzas mínimas de cada uno de ellos.
Ahora bien, tan importante es el establecimiento de
las titulaciones y de sus correspondientes enseñanzas
mínimas como, ante el cambio y la rápida evolución de
las cualificaciones profesionales, el procedimiento de su
diseño y elaboración.



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