El salario mínimo interprofesional fija
la cuantía
retributiva mínima que percibirá el trabajador referida a
la jornada legal de trabajo, sin distinción de sexo u edad de los trabajadores,
sean fijos, eventuales o temporales.
El valor
que toma el SMI se
fija cada año por el Gobierno, referido a 14 pagas,
previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones
empresariales más representativas. Para la determinación del mismo se tienen en
cuenta factores como el IPC, la productividad media nacional alcanzada, el
incremento de la participación del trabajo en la renta nacional o la coyuntura
económica anual.
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
para2013 ha quedado fijado en 645,30€/ mensuales, lo que
supone 21,51 €/ diarios y en cómputo anual en ningún caso inferior a 9.034,20
euros.
En 2012,
el SMI era, al igual que en 2011
de 21,38 euros al día, ó 641,40 euros al mes, por tanto ha habido un incremento en 2013 de un 0,6%.
En el salario mínimo se computa únicamente la
retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar
lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquél.
Este salario se entiende referido a la jornada
legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos
y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá la prorrata.
Año SMI Día
SMI Mes
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2002 14,74 €
442,20 €
2003 15,04 €
451,20 €
2004 15,35 €
460,50 €
2005 17,10 €
513,00 €
2006 18,03 €
540,90 €
2007 19,02 €
570,60 €
2008 20,00 €
600,00 €
2009 20,80 €
624,00 €
2010 21,11 €
633,30 €
2011 21,38 €
641,40 €
2012 21,38 €
641,40 €
2013 21,51 €
645,30 €
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